"POR LA CUAL SE ADOPTAN, INTEGRAN Y SE
ORDENA LA PUBLICACIÓN DE
LOS PLANES INSTITUCIONALES Y ESTRATÉGICOS DE LA ESE SANTA
LOS PLANES INSTITUCIONALES Y ESTRATÉGICOS DE LA ESE SANTA
BÁRBARA, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES"
La Gerente de la ESE. SANTA BARBARA, Santander, en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo
3 de la ley 489 de 1998, establece que La función administrativa se desarrollará conforme a los
principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad,
celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad
y transparencia.
Que el
Decreto 1499 de 2017 por medio del cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG,
tiene como propósito principal articular el Sistema de Gestión con el Sistema de Control Interno; y
en el artículo 2.2.2221. formula las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, las cuales se
implementarán a través de planes, programas, proyectos metodologías y estrategias, de acuerdo a las
normas que reglamentan o regulen cada las que se encuentran el fortalecimiento
organizacional y la simplificación de procesos.
Que la Ley 1474 de 2011 en el artículo 74 señala que todas las entidades del Estado
a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de
Acción para el año siguiente, el cual comprende objetivos, estrategias, proyectos, las metas y los
responsables.
Que la Circular Externa de la
Superintendencia de Salud NO 009 de 2015 establece que el director o gerente de la Empresa Social
del Estado deberá presentar la información requerida en los numerales 9 y IO, que se debe presentar
el Plan de Acción y los avances de ejecución a los que se refiere el artículo NO 74 de la Ley 1474
de 2011.
Que a su vez et Decreto
Nacional 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, reglamentado por
el Decreto 612 de 2018, indica en su artículo 2.2.22.3.14. y siguientes que las entidades del
Estado, de acuerdo con el ámbito de aplicación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y al
Plan de Acción de que trata el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011; deberán integrar, adoptar y
publicar en su respectiva página web a 31 de enero los siguientes planes: 1. Plan Institucional
d
Archivos de la Entidad PINAR; 2. Plan Anual de Adquisiciones; 3. Plan Anual de Vacantes; 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos; 5. Plan Estratégico de Talento Humano; 6. Plan Institucional de Capacitación; 7. Plan de Incentivos Institucionales; 8.
Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo; 9. Plan Anti corrupción y de Atención al Ciudadano; 10. Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI; 11. Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información; 12: Plan de Seguridad y Privacidad de la Información.
Archivos de la Entidad PINAR; 2. Plan Anual de Adquisiciones; 3. Plan Anual de Vacantes; 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos; 5. Plan Estratégico de Talento Humano; 6. Plan Institucional de Capacitación; 7. Plan de Incentivos Institucionales; 8.
Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo; 9. Plan Anti corrupción y de Atención al Ciudadano; 10. Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI; 11. Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información; 12: Plan de Seguridad y Privacidad de la Información.
Descargar el Documento para mas
Información.