Transparencia - Control Interno

RESOLUCIóN NO 027 - CóDIGO DE INTEGRIDAD DEL SERVICIO PúBLICO

|10 de Junio de 2022

   

RESOLUCIÓN No 027
(10 de junio de 2022)

"Por medio del cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público, para la ESE. CENTRO DE SALUD SANTA BARBARA".

La Gerente de la E.S.E. Centro de Salud Santa Bárbara, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 0139 de 1996, y demás normas concordantes,

CONSIDERANDO:

1 Que de conformidad con Ley 1474 de 201 1 se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

2.    Que de conformidad con Ley 1712 de 2014 se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.
     FORMATO RESOLUCIONES
    CODIGO    PAPY-GAF-FTO-OI
    VERSION    
    FECHA    02/01/2018
    pAG    24 de 30

3.    Que el Decreto Nacional 1499 de 2017, definió el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, como el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades públicas, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio (Artículo 2.2.22.3.2), y dentro de su ámbito de aplicación quedaron cobijados los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público (Artículo 2.222.3.4).

4.    Que el mencionado Decreto en el artículo 2.2.22.2.1 indicó que "las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán Políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, de acuerdo al numeral 4, la Política de Integridad para las Entidades Públicas.

5.    Que el artículo 2.2.22.3.3 del mencionado Decreto, señaló como unos de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG en el numeral 1 "fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas".

6.    Que, teniendo en cuenta los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG y de la Política de Integridad, el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrolló un 'código general' o 'código tipo' que denominó Código de Integridad, con las características de ser general, conciso y en cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos. En cada uno de los valores que incluyó el Código, se determinó una línea de acción cotidiana para los servidores, quedando compendiados cinco (5) valores así:
"Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia y rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.

Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.
Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.
Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación".

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